La lucha contra a la digitalización forzada

El pasado 9 de enero de 2025, se publicaron modificaciones a los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal. Sin embargo, lejos de representar una mejora para los locatarios, estas reformas imponen un sistema digital obligatorio que restringe el acceso a trámites esenciales y pone en riesgo la seguridad jurídica de los comerciantes.

A través de la implementación del Sistema de Trámites de Mercados Públicos (SITRAMERP), el gobierno centraliza y digitaliza todos los procedimientos administrativos sin ofrecer alternativas físicas o manuales. Esto genera incertidumbre y exclusión para miles de locatarios que no tienen acceso a estas plataformas o que dependen de trámites en ventanilla para garantizar su derecho a trabajar.

Análisis de la propuesta y argumentos en contra

El siguiente análisis presenta los principales problemas derivados de las modificaciones a los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal, publicadas el 9 de enero de 2025. Cada modificación será citada con su respectivo artículo y acompañada de los argumentos en contra, así como sugerencias adicionales para mejorar la protección de los locatarios y comerciantes.

1. Cédula de Empadronamiento (Artículo VI)

Modificación:

  • Se establece que la única cédula válida será la emitida por el Sistema de Trámites de Mercados Públicos (SITRAMERP).

Argumento en contra:

  • Se excluye a locatarios sin acceso a tecnología o con conocimientos limitados en plataformas digitales.

  • Limita el derecho al comercio para quienes no pueden utilizar la plataforma por edad, discapacidad o condiciones económicas.

  • Centralizar el trámite en un sistema digital sin alternativa física genera vulnerabilidad ante caídas del sistema, fraudes y discrecionalidad administrativa.

Sugerencia adicional:

  • Debe existir una alternativa física en ventanilla para garantizar el acceso universal y evitar que la digitalización excluya a comerciantes.

2. Sistema de Trámites de Mercados Públicos (SITRAMERP) (Artículo XIX y Artículo III)

Modificación:

  • Se obliga a que todos los trámites sean realizados exclusivamente a través del SITRAMERP.

Argumento en contra:

  • El SITRAMERP aún no está terminado ni probado en su totalidad, lo que significa que su implementación inmediata paralizará los trámites existentes y dejará sin validez otras cédulas de empadronamiento.

  • Los locatarios que dependen de trámites presenciales quedarán en una situación de vulnerabilidad jurídica, ya que no podrán realizar gestiones esenciales hasta que el sistema sea plenamente funcional.

Sugerencia adicional:

  • Debe establecerse un periodo de transición donde los trámites digitales y físicos coexistan hasta que la plataforma esté completamente operativa.

3. Plazo de respuesta de la alcaldía (Capítulo II)

Modificación:

  • Si la alcaldía no responde en el plazo establecido, se configura afirmativa ficta (aprobación automática), excepto en remodelaciones, donde se aplicará negativa ficta (rechazo automático).

Argumento en contra:

  • No se establece un mecanismo claro de notificación formal a los locatarios sobre el inicio y la resolución de sus trámites.

  • Las aprobaciones automáticas sin control pueden generar corrupción y despojo de locales comerciales.

  • La negativa ficta para remodelaciones restringe innecesariamente la capacidad de los comerciantes para mejorar sus locales sin una justificación válida.

Sugerencia adicional:

  • Debe haber una notificación formal para cada trámite, garantizando el derecho de los locatarios a ser informados oportunamente.

4. Notificación de rechazo de trámites (Artículo Décimo Séptimo)

Modificación:

  • Se establece que cualquier negativa de trámite será notificada exclusivamente a través del SITRAMERP.

Argumento en contra:

  • No hay un mecanismo claro sobre cómo los locatarios serán informados del inicio o rechazo de sus trámites.

  • Si un locatario no tiene acceso regular al sistema, puede perder su derecho sin siquiera enterarse.

  • Esto abre la puerta a fraudes administrativos y al despojo de locales sin notificación previa.

Sugerencia adicional:

  • La notificación debe realizarse por medios físicos y oficiales, garantizando que todos los locatarios sean informados.

5. Cancelación de cédulas anteriores (Artículo Décimo Séptimo, último párrafo)

Modificación:

  • Todas las cédulas previas quedarán sin efecto al momento de emitir una nueva.

Argumento en contra:

  • No se garantiza que todos los locatarios puedan obtener su nueva cédula antes de que la anterior pierda validez.

  • Esto puede provocar la pérdida arbitraria de locales para aquellos que no logren completar el trámite a tiempo.

Sugerencia adicional:

  • Se debe establecer un periodo de transición para el cambio de cédula, asegurando que nadie quede sin su documentación antes de que el proceso finalice.

6. Exclusión tecnológica y accesibilidad (Artículos Décimo Octavo Bis y Ter)

Modificación:

  • Se obliga a las alcaldías a implementar acciones para facilitar el acceso al SITRAMERP a personas en situación de vulnerabilidad.

Argumento en contra:

  • No establece mecanismos específicos ni seguimiento para garantizar que realmente se brinde apoyo.

  • Deja la responsabilidad en cada alcaldía, lo que puede llevar a una implementación desigual e ineficaz.

Sugerencia adicional:

  • Se debe garantizar la existencia de ventanillas de atención física en cada mercado para quienes no puedan acceder a la plataforma digital.

7. Requisitos para obtener la Cédula de Empadronamiento (Artículo Décimo Noveno)

Modificación:

  • Solo podrán realizarse trámites mediante el SITRAMERP.

Argumento en contra:

  • No permite la presentación de documentación alternativa en ventanilla.

  • Los locatarios en situación de vulnerabilidad tecnológica quedan en desventaja.

Sugerencia adicional:

  • Se debe permitir un esquema mixto (digital y físico) para garantizar el acceso universal.

8. Asignación y recuperación de locales (Artículo Vigésimo)

Modificación:

  • Los locales recuperados solo podrán asignarse con el mismo giro y sin cambios durante seis meses.

Argumento en contra:

  • No protege los derechos de locatarios con trámites pendientes o inconclusos.

  • No se establecen mecanismos de transparencia en la reasignación de locales.

Sugerencia adicional:

  • Se deben formalizar completamente los espacios actuales antes de permitir nuevas asignaciones.

9. Padrón de beneficiarios (Artículo Trigésimo Primero Bis)

Modificación:

  • Se obliga a las alcaldías a contar con un padrón actualizado de beneficiarios.

Argumento en contra:

  • No explica cómo se elaborará ni qué mecanismos garantizarán su transparencia.

  • Puede ser utilizado para excluir arbitrariamente a ciertos comerciantes.

Sugerencia adicional:

  • Si ha de existir un padrón, debe incluir la participación de los locatarios para asegurar su inclusión plena.

10. Permisos para artículos de temporada (Artículo Trigésimo Noveno)

Modificación:

  • Se deberá solicitar un permiso digital para vender artículos en temporadas especiales.

Argumento en contra:

  • No se contempla un mecanismo de solicitud física, lo que excluye a comerciantes sin acceso a la plataforma.

Sugerencia adicional:

  • Se debe permitir la solicitud de permisos en ventanilla.

Conclusión

Las modificaciones no resuelven los problemas actuales del comercio en mercados públicos y, en cambio, introducen nuevas barreras que ponen en riesgo el derecho al trabajo de miles de locatarios.

Antes de imponer un nuevo sistema digital, se deben concluir los trámites pendientes y formalizar la situación de los comerciantes actuales. Esto implica:

  • Resolver la situación legal de todos los locales en proceso de regularización.

  • Asegurar que el padrón sea público y auditable de locatarios para evitar despojos arbitrarios.

  • Garantizar mecanismos físicos alternativos para aquellos que no puedan acceder al sistema digital.

Sin estos pasos previos, el nuevo sistema solo servirá como una herramienta de exclusión y control discrecional. Exigimos que el derecho al comercio sea protegido y que las reformas prioricen la transparencia y la accesibilidad antes de la digitalización forzada.


Fuentes

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